28/09/2008

RD 1578/2008 de retribución de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica

Buffff... carrera de fondo

Ayer se publicó en el BOE. Aquí lo cuelgo:

REAL DECRETO 1578/2008, de 26 de septiembre, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del Real Decreto 661 /2007, de 25 de mayo, para dicha tecnología.

Existe también una Corrección de Errores al RD 1578/2008 con fecha del 17 de octubre de 2008


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Blog Solar de Jumanji

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Jumanji eres un fuera de serie. Siempre tan al día, ayudando tanto y siempre disponible. Creo que hablo en nombre de todos los que leemos tu blog si digo que GRACIAS por tú trabajo altruista. Ánimo y mucha suerte. A POR ELLOS !! PODEMOS !!

Anónimo dijo...

Hola Jumanji!

Agradecerte de igual modo tu labor.

Soy adicto a tu web y al portal de suelosolar.

Muchas gracias.

Anónimo dijo...

hola, soy nuevo en esto tengo una duda
cuantos kw o vatios, genera un m2 de placa??

Jumanji dijo...

No se puede generalizar porque depende de muchísimos factores tales como tecnología de la placa, potencia, radiación, orientación e inclinación, pérdidas del sistema...

1 m2 de placa de silicio policritalino podría producir unos 170kWh/año. Coge este dato con pinzas, puesto que habría que hacer un cálculo personalizado.

Maikel in Australia dijo...

Hola Jumanji!!

Primeramente darte la enhorabuena por tu trabajo, honestamente creo que es de lo mejor y mas actualizado que se encuentra en la red.

Deseaba realizarte si fueras tan amable un par de consultas en cuanto a legislacion se refiere, para sistemas tanto aislados como de conexión a red.

SIs.asilados
¿Es verdad que existe un vacio legal? Quiero decir que al no vender electricidad lo que habría que cumplir es el RBT por ser una instalación electrica no?
Si no fuera de este modo, que legislación debe cumplir?

Sis.Conexión a RED
Con los decretos y leyes que adjuntas en tu parte derecha las instalaciones,
¿es todo lo que tiene que cumplir una instalacion para ser legal(estar dentro de la normativa)?

Muchisimas gracias por tu tiempo, que pases muy buen dia y mucho ánimo con tu blog!! está muy bien!!

Miguel